La sentencia afirma que existe "una coincidencia en cuanto a la distribución y selección de los contenidos, llegándose a copiar de forma textual diferentes gráficos, dibujo e incluso restos gráficos de la obra original".
El fallo del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, contra el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña, obliga también al pago de una indemnización de 123 euros.
Es importante destacar que en estudios recientes (año 2012) se ha calculado que el 47% del valor de las empresas esta relacionado con su propiedad intelectual.